Se agrega toda la prevista en el nivel internación, y la que se detalla a continuación:
Se asegura el CIEN PORCIENTO (100%) de cobertura en cualquiera de sus modalidades. Todas las prácticas y coberturas del Anexo II del Programa Médico Obligatorio (PMO) o el que lo reemplace, se encuentran incluidas dentro de la cobertura y esta se extiende sin límite de tiempo.
Medicamentos: La cobertura será de un CIEN PORCIENTO (100%) en internados. Los traslados que correspondan a pacientes internados. Prótesis e implantes de colocación interna del CIEN PORCIENTO (100%) de cobertura, con las especificaciones previstas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) o en el que lo reemplace. Medicamentos Oncológicos según protocolos nacionales aprobados al CIEN PORCIENTO (100%).
Los medicamentos no Oncológicos tendrán la cobertura del CUARENTA PORCIENTO (40%) a excepción del ondasetrón en el tratamiento de vómitos agudos inducidos por drogas altamente emetizantes. Los cuidados paliativos con cobertura del CIEN PORCIENTO (100%). Hemodiálisis y diálisis peritoneal continua ambulatoria. Cobertura del CIEN PORCIENTO (100%). Eritropoyetina al CIEN PORCIENTO (100%) en el tratamiento de la insuficiencia renal crónica. Plan Materno Infantil (prestaciones en internaciones). Cobertura de Otoamplífonos del CIEN PORCIENTO (100%) en niños hasta los 15 años.